15/06/2024 | Por Luis Alfonso García Carmona

Establece el art 189 de la C. P. ”Corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa: (….) 4. Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuere turbado.”

Es un desarrollo del Preámbulo de la Constitución que predica: “EL PUEBLO DE COLOMBIA, en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo,(…)“
https://cej.org.co/destacados-home-page/se-agudiza-la-criminalidad-en-colombia-cada-dia-mas-de-mil-personas-son-victimas-de-hurtos-y-o-extorsion/

Es claro para cualquier ciudadano, ya sea que habite en los centros urbanos o en las áreas rurales, que el orden público se ha deteriorado y que la inseguridad se ha apoderado del país no solo estadísticamente, sino mediante el generalizado temor por la desprotección de la población. El Gobierno, tampoco en este vital renglón, ha cumplido con sus obligaciones fundamentales. Así se lo hicieron saber los Congresistas al Ministro de Defensa. 
https://www.infobae.com/colombia/2024/05/25/nueva-mocion-de-censura-contra-ministro-de-defensa-por-inseguridad-le-quedo-grande-la-seguridad-del-pais/