12/04/2024

Corte Constitucional explica los cambios que se darían en el sistema de pensiones

11/04/2024 | Revista Alternativa

El presidente Gustavo Petro manifestó su inquietud sobre la decisión, destacando las posibles repercusiones negativas para los trabajadores.

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Foto: Presidencia

La Corte Constitucional emitió un pronunciamiento el miércoles 10 de abril en relación a las informaciones que sugerían un endurecimiento en las condiciones para que los trabajadores que están en un fondo privado puedan trasladarse a Colpensiones, el fondo público. Estas informaciones, reveladas por el periodista Daniel Coronell en W Radio.

Aunque se mencionaba que esta determinación contradecía una sentencia previa de la Corte Suprema de Justicia que reconocía el derecho de los trabajadores a migrar del régimen de ahorro privado al de Colpensiones, la Corte Constitucional realizó importantes aclaraciones al respecto, especialmente en lo que concierne a la falta de información sobre las consecuencias de un cambio de régimen pensional.

El presidente Gustavo Petro manifestó su inquietud sobre la decisión, destacando las posibles repercusiones negativas para los trabajadores. Sin embargo, la Corte Constitucional negó que el proceso fuera a ser más difícil, señalando que el juez tendría mayor libertad para analizar las pruebas de cada parte.

Por otro lado, la vicepresidenta jurídica de Asofondos, Clara Elena Reales, explicó que si bien no habría más requisitos para el traslado, los trabajadores tendrían que demostrar que no fueron debidamente informados al momento de decidir cambiarse a fondos privados para trasladarse a Colpensiones.

La Corte consideró que, de acuerdo con la Constitución y la ley procesal, no se pueden imponer cargas probatorias imposibles de cumplir para ninguna de las partes y que el juez debe jugar un papel fundamental en el proceso. Asimismo, se establecieron ciertas pautas para el proceso, como la valoración equitativa de todas las pruebas presentadas y la imposibilidad de aplicar como único recurso la inversión de la carga de la prueba.


Nuevo golpe al Gobierno: Corte regresó 45 artículos del informe de conciliación del PND

11/04/2024 | W Radio | Por Lizeth Martínez

El alto tribunal busca que los artículos sean sometidos a una nueva votación.

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Corte Constitucional / Foto: Colprensa

La Sala Plena de la Corte Constitucional ordenó regresar al Senado 45 artículos del Plan Nacional de Desarrollo con el fin de subsanar un vicio de procedimiento en su votación.

Luego de que el alto tribunal estudiara una demanda en contra de la ley 2294 de 2023, por concepto de vicios en el procedimiento, la Sala dio validez a la ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés.

El vicio de procedimiento radica en que “la no publicación el día anterior a la aprobación en el Senado del articulado conciliado en la ley del Plan Nacional de Desarrollo, es un vicio en el trámite legislativo que, bajo estrictos criterios, puede subsanarse en aplicación del parágrafo del artículo 241 de la Constitución”, señaló la sentencia.

Durante la sesión, con una votación de 7 a 1, el magistrado José Lizarazo salvó su voto, mientras que los magistrados José Fernando Reyes, Jorge Enrique Ibañez y Diana Fajardo, se reservaron la aclaración del voto.

La Sala Plena de la Corte Constitucional resolvió, que “por demandas instauradas contra los artículos objeto de conciliación”, se suspenda la tramitación de los procesos que cursen en este momento ante el alto tribunal.

Para tal efecto, también dio al Senado un máximo de 30 días hábiles, desde publicada la decisión. En el caso de Iván Name, presidente del Senado, le ordenó para que al vencer este término “rinda informe a la Corte Constitucional sobre el cumplimiento de la presente providencia y remita copia de las respectivas actas de Plenaria, para que la Corte Constitucional se pronuncie definitivamente sobre la constitucionalidad de la Ley 2294 de 2023″

La Corte Constitucional además recordó que, hasta tanto esta ley demandada no regrese al Senado, una vez se conozca una decisión sobre su constitucionalidad, continuará vigente y “surtirá efectos”.

Los artículos conciliados y demandados del informe de conciliación publicado en 2023 son:

3, 8, 9, 14, 17, 25, 29, 34, 36, 45, 49, 87, 91, 108, 152, 153, 159, 174, 184, 187, 191, 199, 207, 245, 263, 267, 281, 301, 316, 338, 356, 361, 370, 371, 373. Así mismo, los artículos nuevos relacionados con Consejo Nacional Electoral, extinción de obligaciones EIS Cúcuta, control tráfico de fauna, explotación estratégica de cobre, educación para el trabajo, regiones autonómicas, beneficio auditoria y el de la estrategia de lucha nacional contra la corrupción, personal de las comisarías de familia y bingo electrónico.